Descripción y Normativa
El cumplimiento de la meta no domiciliaria para la gestión de residuos de envases y embalajes exige que las Empresas Socias y Consumidores Industriales en convenio, gestionen y valoricen estos, reportando esta información en la Plataforma del Sistema de Gestión ReSimple.
El modelo Monitoring es crucial para alcanzar estas metas, ya que permite un seguimiento detallado y continuo del proceso de gestión de residuos. A través de registros y auditorías, este modelo proporciona evidencia clara del cumplimiento, asegurando transparencia y eficiencia. Además, facilita el cumplimiento legal y promueve prácticas sostenibles, apoyando los objetivos de reciclaje y economía circular establecidos por la Ley 20.920 y el Decreto Supremo 12.

Definiciones Relevantes para Envases y Embalajes

LEY 20.920/2016 MMA + D.S N°12/2021 MMA + MOD. D.S. N°47/1992 MINVU
Envases y embalajes: aquellos productos hechos de cualquier material, de cualquier naturaleza, que sean usados para contener, proteger, manipular, facilitar el consumo, almacenar, conservar, transportar, o para mejorar la presentación de las mercancías, así como los elementos auxiliares integrados o adosados a aquellos, cuando cumplen con la función de informar al consumidor o alguna de las funciones ya señaladas.
En adelante, indistintamente también denominados como «envases».
Envases domiciliarios: aquellos envases que se generan normalmente en el domicilio de una persona natural, sin perjuicio de lo establecido en el inciso segundo del artículo 5º.
Envases no domiciliarios: aquellos envases que no constituyen envases domiciliarios.
Definiciones para Roles Relevantes del Proceso de Gestión de Residuos no Domiciliarios
Consumidor industrial: todo establecimiento industrial, de acuerdo a la Ordenanza General de Urbanismo y Construcciones, que genere residuos de un producto prioritario.
Extracto Mod. D.S. N°42/1992 MINVU: “Solo para efectos de la aplicación de la ley N° 20.920, se entenderá por establecimiento industrial todo tipo de edificio industrial y aquellas instalaciones de impacto similar al industrial de acuerdo a lo dispuesto en el artículo 2.1.28. de esta Ordenanza, así como los edificios de equipamiento de la clase comercio, destinados a centros comerciales cerrados, grandes tiendas y supermercados, conforme a lo establecido en el artículo 2.1.33. de la misma Ordenanza“.
Gestor: Persona natural o jurídica, pública o privada, que realiza cualquiera de las operaciones de manejo de residuos y que se encuentra autorizada y registrada en conformidad a la normativa vigente.
Manejo: Todas las acciones operativas a las que se somete un residuo, incluyendo, entre otras, recolección, almacenamiento, transporte, pretratamiento y tratamiento.
Gestor autorizado y registrado: gestor que cumple con los requisitos necesarios para realizar el manejo de residuos, de conformidad con la normativa vigente, y que se encuentra inscrito en el RETC, según lo dispuesto en el artículo 6º, inciso segundo, de la Ley y el artículo 39 de este decreto. En adelante, indistintamente también denominado como «gestor».

Normativa Asociada
La normativa asociada a la gestión de Residuos de Envases y Embalajes No Domiciliarios es la siguiente: